domingo, 3 de mayo de 2015






                 UNIVERSIDAD LAICA "ELOY ALFARO DE MANABI 

                FACULTADA DE GESTIÓN ,SECRETARIADO EJECUTIVO
                      

                        RETENCION DE LA FUENTES , Y RENTECION DEL IVA
                                                                    TEMA
                                                            
                                      KATIUSCA MARICELA BARREIRO VELEZ
                                     
                                                                  NOMBRE 



CURSO:3 PARALELO: "A"FACULTAD : SECRETARIADO EJECUTIVO


                                           ECO:JAQUELINES PACHECO

                                                                 DOCENTE



                                         MARTES 28 DE ABRIL DEL 2015
                                                                     FECHAS 














  





   Conozca los nuevos porcentajes de retenciones en la fuente
Según Resolución NAC-DGERCGC14-00787 emitida por el Servicio de Rentas Internas el 30 de septiembre 2014 y publicada en el Registro Oficial  Suplemento 346 del 2 de octubre 2014 existen nuevos porcentajes de retenciones en la fuente de impuesto a la renta.
     ADQUISIONES SUJETOS A RETENCION 0%
Intereses pagados a entidades sometidas a vigilancia de la Superintendencia de Bancos y de  Economía Popular y Solidaria.
ADQUISIONES SUJETOS A RETENCION 1%
·        Intereses y comisiones que se causen en las operaciones de crédito entre instituciones sometidas a vigilancia de la Superintendencia de Bancos y de  Economía Popular y Solidaria.
·        Rendimientos financieros por inversiones que se efectúen entre instituciones sometidas a vigilancia de la Superintendencia de Bancos y de  Economía Popular y Solidaria.
·        Servicios de transporte público o privado de pasajeros y carga.
·        Aquellos efectuados por concepto de energía eléctrica
·        Compra de bienes muebles de naturaleza corporal exceptuando combustible y  banano local adquirido a productores.
·        Pagos en actividades de construcción de obra material inmueble, urbanización, lotización o actividades similares.
·        Por seguros y reaseguros (10% del valor de las primas facturadas).
·        Pagos o créditos en cuenta que se realicen a compañías de arrendamiento mercantil establecidas en el Ecuador, sobre las cuotas de arrendamiento e inclusive la de opción de compra.
·        Pagos por servicios de medios de comunicación y de agencias de publicidad.
ADQUISIONES SUJETAS A RETENCION 2%
·        Pagos a personas naturales por servicios donde prevalezca la mano de obra sobre el factor intelectual.
·        Pagos o créditos realizados por las empresas emisoras de tarjetas de crédito a sus establecimientos afiliados.
·        Ingresos por intereses o descuentos y cualquier otro rendimiento financiero generados por préstamos, cuentas corrientes, certificados financieros, pólizas de acumulación, depósitos a plazo, certificados de inversión, avales, fianzas y cualquier otro tipo de documentos similares emitidos por sociedades constituidas o establecidas en el país, por sucesiones indivisas  o personas naturales residentes en el Ecuador.
·        Los intereses que cualquier entidad del sector público, reconozca a favor del sujeto pasivo.
·        Los que se realicen a través  de liquidación de compras de bienes y prestación de servicios  a personas no obligadas a llevar contabilidad ni inscritos en el RUC, que por su nivel de rusticidad no se encuentren en posibilidad de emitir comprobantes de venta.
·        Pagos no contemplados con porcentajes específicos de retención.
ADQUISIONES SUJETOS A RETENCION 8%
·        Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales residentes en el país, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, dicho servicio no esté relacionado con el título profesional que ostente la persona que lo preste.
·        Cánones, regalías, derechos o cualquier otro pago o crédito en cuenta que se efectúe a personas naturales con residencia o establecimiento permanente en el Ecuador relacionados con la titularidad, uso, goce o explotación de derechos de propiedad intelectual definidos en la Ley de Propiedad Intelectual
·        Los realizados a notarios y registradores de la propiedad y mercantiles por sus actividades notariales y de registro.
·        Los pagos por concepto de arrendamiento de bienes inmuebles.
·        Los realizados a deportistas, entrenadores, árbitros y miembros del cuerpo técnico que no se encuentren en relación de dependencia  por sus actividades ejercidas como tales.
·        Los realizados por artistas tanto nacionales como extranjeros residentes en el país.
·        Honorarios y demás pagos realizados a personas naturales residentes en el país, que presten servicios de docencia.
ADQUISIONES SUJETOS A RETENCION 10%
·        Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a personas naturales residentes en el país, que presten servicios en los que prevalezca el intelecto sobre la mano de obra, siempre y cuando, dicho servicio  esté relacionado con el título profesional que ostente la persona que lo preste.
·        Honorarios, comisiones y demás pagos realizados a artistas, deportistas, entrenadores, árbitros, miembros del cuerpo técnico y sociedades nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador  por ejercer actividades relacionadas directa o indirectamente con la utilización o aprovechamiento de su imagen o renombre.
ADQUISIONES SUJETOS A RETENCION DE LA TARIFA GENERAL DE IMPUESTO A LA RENTA
Los montos pagados a personas naturales y sociedades no residentes ni domiciliados en el Ecuador, por servicios ocasionales en el Ecuador que constituyan ingresos.
BASE PARA APLICAR LA RETENCION EN LA FUENTE
Se aplicará sobre la totalidad del monto pagado o acreditado en cuenta, sin importar su monto, salvo aquellos referidos a la adquisición de bienes muebles o servicios prestados en los que prevalezca la mano de obra, casos en los cuales la retención se aplicará a montos superiores a US $50 dólares.
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